A raíz de la última polémica jurídico-política (una de tantas), desde Díez Sánchez Abogados queremos arrojar algo de luz a nuestros amigos con esta nueva entrada sobre la composición y el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial y su presidente, que a su vez, será el presidente del Tribunal Supremo.

Los miembros del Consejo General del Poder Judicial

Los miembros del Consejo General del Poder Judicial son elegidos por una mayoría cualificada de tres quintos de las Cámaras de la siguiente forma:

  • Vocales propuestos por Congreso entre Jueces y Magistrados: 6
  • Vocales propuestos por Congreso entre juristas de reconocida competencia: 4
  • Vocales propuestos por Senado entre Jueces y Magistrados: 6
  • Vocales propuestos por Senado entre juristas de reconocida competencia: 4
  • Presidente Elegido por el Pleno del CGPJ entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia. 1

consejo general del poder judicial

Veinte miembros, llamados vocales, nombrados por el rey, elegidos por las Cortes Generales (Congreso y Senado) entre jueces y juristas de reconocida competencia.

Un presidente, que será a su vez Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva.

Es elegido entre miembros de la Carrera Judicial o juristas de reconocida competencia.

Los vocales son nombrados por un período de mandato de cinco años, a partir de la fecha de la sesión constitutiva. El CGPJ se renueva en su totalidad, una vez transcurridos los cinco años de mandato, aunque el Consejo saliente continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.

Los vocales no pueden ser reelegidos en el Consejo siguiente. El mandato del presidente se vincula al del Consejo que lo propuso; pero el presidente puede ser reelegido y nombrado por una sola vez para un nuevo mandato.

En caso de cese anticipado de algún vocal, se procede a su sustitución por el mismo procedimiento por el que fue nombrado el vocal cesante; el mandato del vocal sustituto se agota con el del CGPJ en el que se integra.

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